Esta madrugada el Senado de la Nación aprobó el proyecto de legalización del aborto. Es un hecho histórico con el que el país cierra este 2020.
Ayer en la tarde comenzó el debate de la Sesión que finalizó a las 4 de la mañana con una votación de 38 votos afirmativos, 29 negativos y una abstención, logrando así la aprobación del proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La ley despenaliza el aborto, permite la interrupción del embarazo hasta la semana 14 sin mediar requisitos, exige garantizar el acceso a esa práctica en todos los efectores de salud. Es la segunda vez que se debate, y en esta oportunidad Diputados al tratarlo agregaron modificaciones, entre ellas el Plan de 1000 días y el rigor a la objeción de conciencia por parte de los médicos y las instituciones. Con esta Ley Argentina 67° país legalizar el aborto.

Los ausentes: José Alperovich (licencia acusado por violación) y Carlos Menem (internado), Adolfo Rodríguez Saá (Frente de Todos), María Clara Vega (Juntos por el Cambio) y Guillermo Snopek.
Algunas de las frases del debate:
- «Tienen derecho a que se les respete la vida. No tienen voz y es el Estado el responsable de hacerlo. Para el niño deseado todo. Para el no deseado, ni justicia. Es la pena de muerte. El Estado no se puede desentender y decir ‘hacé lo que quieras, si querés matalo, si querés no lo mates´” – José Mayans
- “Esta ley no promueve el aborto ni obliga a nadie a hacerlo» – Mariano Recalde
- «Lo más fácil es mirar para otro lado. Pero los abortos existen, existieron y van a seguir existiendo. Las mujeres abortamos. Y algunas tienen la dicha de poder pagar un lugar seguro y no ser penalizadas. Otras entregan su vida porque lo prefieren antes de entregar su proyecto». – Anabel Fernández Sagasti
- “Me di cuenta de que esto no se trata de mí, de mis creencias o formación, sino que es algo que le compete a muchas mujeres. Esta ley no promueve el aborto, solo les da un marco seguro para que no mueran en el intento. Si mi voto hace que una mujer no muera por aborto, entonces lo voy a hacer” – Sergio Leavy
- «No hay dos derechos como se dijo, porque uno de los derechos lo fulminamos. Esta ley elimina un ser humano en gestación. Desde el Estado se decide quien vive y quien no, quien es persona o no. ¿Quién puede subirse a ese pedestal?» – Silvia Elías de Pérez
- «Nosotros desde esta ley vamos a trabajar por la vida. Lo que estamos llevando adelante es una herramienta para dejar de criminalizar a la mujer. Se trata de darle autonomía, que es lo que nos cuesta tanto a los hombres, los hombres nos hemos permitido una autocrítica. Hemos puesto en valor el goce sexual de la mujer más allá de la capacidad reproductiva»- Alfredo Luenzo
Es emocionante que la lucha de las mujeres siga conquistando derechos con una fuerza imparable. Compañeras de Argentina, hoy es un día para celebrar. Seguiremos con la misma fuerza feminista desde todos los rincones. #EsLey pic.twitter.com/DnCnQOdr90
— Podemos Andalucía (@Podemos_AND) December 30, 2020
Los principales puntos de la Ley:
- Las mujeres tendrán derecho a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
- El aborto se permitirá hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
- Las mujeres tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento.
- Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
- En caso de menores de trece (13) años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal.
- En los casos de adolescentes de entre trece (13) y dieciséis (16), se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida.
- El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Para ello deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.
- El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
- Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
- El Estado tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.
- El artículo 86 quedará redactado así: «No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional«.
En resumen, tras 12 horas de discusión, a las 4.12 se logró la sanción de la ley de aborto.
Lo que sigue
Una vez que se logró la aprobación por ambas Cámaras pasa al Ejecutivo que es el encargado de promulgarla, y para esto hay 10 días hábiles. Y recién ahí, es cuando entra en vigencia.

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